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Prevención de Riesgos Laborales: marzo 2008

jueves, 20 de marzo de 2008

Factores de Riesgo Laboral

Teniendo en cuenta la definición de condiciones de trabajo contenida en el artículo 4 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, podemos considerar los factores de riesgo laboral clasificados en los siguientes grupos:
- Factores o condiciones de seguridad
- Factores de origen físico, químico o biológico o condiciones medioambientales
- Factores derivados de las características del trabajo
- Factores derivados de la organización del trabajo

Factores o condiciones de seguridad

Se incluyen en este grupo las condiciones materiales que influyen sobre la accidentalidad: pasillos y superficies de tránsito, aparatos y equipos de elevación, vehículos de transporte, máquinas, herramientas, espacios de trabajo, instalaciones eléctricas, etc.

Factores de origen físico, químico y biológico

Se incluyen en este grupo los denominados <>, constituidos por microorganismos (bacterias, virus, hongos, protozoos, etc.) causantes de enfermedades profesionales.
Del estudio y conocimiento de los citados factores de riesgos se encarga la <>, técnica de prevención de las enfermedades profesionales.

Factores derivados de las características del trabajo

Incluyendo las exigencias que la tarea impone al individuo que las realiza (esfuerzos, manipulación de cargas, posturas de trabajo, niveles de atención, etc.) asociadas a cada tipo de actividad y determinantes de la carga de trabajo, tanto física como mental, pudiendo dar lugar a la fatiga.
Del estudio y conocimiento de los citados factores de riesgo se encarga la <>, ciencia o técnica de carácter multidisciplinar que estudia la adaptación de las condiciones de trabajo al hombre.

Factores derivados de la organización del trabajo

Se incluyen en este grupo los factores debidos a la organización del trabajo (tareas que lo integran y su asignación a los trabajadores, horarios, velocidad de ejecución, relaciones jerárquicas, etc.). Considerando:

- Factores de organización temporal (jornada y ritmo de trabajo, trabajo a turno o nocturno, etc.)
- Factores dependientes de la tarea (automatización, comunicación y relaciones, status, posibilidad de promoción, complejidad, monotonía, minuciosidad, identificación con la tarea, iniciativa, etc.).

Puede originar problemas de insatisfacción, estrés, etc., de cuyo estudio se encarga la <>.
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domingo, 16 de marzo de 2008

TPC

TARJETA PROFESIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN (TPC)

Según determina el Convenio General del Sector de la Construcción 2007-2011, la Tarjeta Profesional de la Construcción será obligatoria a partir del 31 de Diciembre de 2011.

Definición
La Tarjeta Profesional de la Construcción es el documento expedido por la Fundación Laboral de la Construcción con el objetivo de acreditar la formación específica recibida en materia de prevención de riesgos laborales, la categoría profesional del trabajador y los periodos de ocupación en las distintas empresas en las que vaya ejerciendo su actividad.

Funciones
La tarjeta acredita que su titular ha recibido al menos formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales (de acuerdo con lo previsto en el Convenio regulador de la subcontratación en el Sector de la Construcción), la categoría profesional, su experiencia en el sector, la formación de todo tipo recibida y los reconocimientos médicos a los que ha sido sometido.

Beneficiario
Pueden solicitar esta tarjeta los trabajadores en alta (o en situación de incapacidad transitoria), que presten sus servicios en empresas del ámbito de aplicación del Convenio General del Sector de la Construcción. También pueden solicitar la tarjeta los trabajadores en desempleo siempre que tengan acreditados, al menos, treinta días de alta en empresas del Sector de la Construcción en el periodo de doce meses inmediatamente anterior a la solicitud.

Solicitud
Puedes solicitar la tarjeta en cualquier centro de la Fundación Laboral de la Construcción. En la provincia de A Coruña puede tramitarse en:

Fundación Laboral de la Construcción de Galicia
A Poboa, s/n, Teo, 15894, Tel.: 981801555 Fax: 981801613
Pol. de Sabón, parcela 131, Arteixo,15142, Tel.: 981641438 Fax: 981641438e-mail: trabajoenconstruccion@fundacionlaboral.org

Documentación
Cuando solicites tu tarjeta tendrás que entregar la siguiente documentación:
- Con carácter obligatorio:
o Solicitud en el modelo normalizado (se adjunta).
o Fotografía reciente tamaño carné.
o Fotocopia del DNI o tarjeta de residencia.
o Informe de la vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social dentro de los treinta días inmediatamente anteriores a la solicitud.
o Original o fotocopia compulsada del diploma o certificado que acredite que has recibido al menos la formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales por una entidad homologada.
- Al menos uno de los siguientes documentos:
o Certificado de empresa para la Fundación Laboral de la Construcción (se adjunta modelo).
o Certificado de empresa para el Servicio Público de Empleo.
o Original o fotocopia compulsada de recibos de salarios.
o Original o fotocopia compulsada del contrato de trabajo.
- Con carácter opcional:
* Original o fotocopia compulsada de certificados académicos.
* Fotocopia de diplomas o certificados académicos expedidos por la Fundación Laboral de la Construcción.
* Certificados relativos a reconocimientos médicos expedidos por la entidad que los realizó.

Resolución, caducidad y renovación
La resolución y la entrega de la tarjeta se producirán en el plazo máximo de un mes contado desde que hayas aportado la documentación necesaria. La tarjeta caduca a los cinco años de su emisión. La podrás renovar siempre que acredites, al menos, treinta días de alta en empresas del sector de la construcción en el periodo de doce meses inmediatamente anterior a la solicitud de renovación. La solicitud de renovación se regirá por el mismo procedimiento que la solicitud inicial.

Obligaciones del titular
El titular de la tarjeta estará obligado a conservarla en perfecto estado, comunicar las posibles modificaciones de los datos relevantes y su robo o extravío a la Fundación Laboral de la Construcción
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